OURENSE, 8 de marzo de 2024. Han finalizado las Jornadas de Historia Contemporánea y del Tiempo Presente organizadas por UNED Ourense y Uvigo, que en esta ocasión estuvieron dedicadas a estudiar varios aspectos de la mujer durante el franquismo y en la transición a la democracia. Se han ofrecido numerosos datos que han mostrado la potencia investigadora en este aspecto de nuestra historia contemporánea. La introducción a ese estudio la hizo el catedrático de la Uvigo y profesor tutor de UNED Ourense, doctor Julio Prada, quien ofreció interesantes claves interpretativas para abordar la represión llevada a cabo sobre las mujeres. Comenzó trazando un largo recorrido historiográfico para señalar que los primeros estudios sobre represión de género "se centraron en la reconstrucción del protagonismo de las mujeres republicanas durante la guerra civil y la posguerra partiendo de fuentes biográficas escrituras y orales, memorias y diarios transmiten visión especular de los discursos políticos del momento y silencian a las que quedaron en la zona franquista. La obsesión por recuperar el nombre de los sujetos condujo a un individualismo metodológico más preocupado por la recopilación de nombres de represaliadas que por introducir las nuevas perspectivas abiertas por la historia social y cultural". Añade el ponente que empezó a interesar "el análisis de las formas en las que la dictadura moduló las experiencias femeninas para conformar una identidad común de historias de vida de mujeres que construyeron su identidad desde culturas políticas antifranquistas o en general antifascistas. No siempre se superó el enfoque biográfico con el cual las circunstancias particulares de cada mujer aparecen como los únicos determinantes de su acción colectiva, oscureciendo así el proceso histórico en el que se construyen los sujetos". Un segundo momento coincidió con la proliferación de los estudios sobre el universo penitenciario franquista en general y de las cárceles femeninas en particular. Así, señala Prada, "hasta mediados de los años 90 no comenzaron a publicarse estudios monográficos sobre cárceles específicas, debido a la imposibilidad de acceso a los archivos penitenciarios y militares. Las más recientes investigaciones tratan de integrar la perspectiva de género en los estudios sobre la represión franquista guiadas por tres principios esenciales:
Las propuestas desde Galicia
Julio Prada sistematizó las características fundamentales de dicha represión "a partir de la metodología que hemos desarrollado en Galicia que, hoy por hoy, es una de las Comunidades Autónomas en las que este tipo de investigaciones han tenido un mayor desarrollo. Como punto de partida debo advertir que nos vamos a centrar en dos grandes modalidades represivas, sin entrar en otros aspectos más propios del ámbito de la coerción como todos los relacionados con la construcción del paradigma de mujer en el franquismo. Es decir, vamos a diferenciar básicamente entre la represión física, tanto en lo relacionado con las diferentes modalidades de ejecución, como en la privación de libertad, aspectos que también afectaron a los varones; y, en segundo lugar, en la represión sexuada, que padecieron las mujeres por el mero hecho de serlas".
Dice el ponente que conviene tener presente que los iniciales estudios sistemáticos sobre la represión franquista en Galicia, la mayoría fruto de tesis doctorales, "aunque no eludían el análisis de la represión sobre las mujeres ni dejaban de destacar las diferencias de intensidad respecto a los varones, no profundizaron en sus dinámicas específicas ni en la naturaleza, en parte diversa, de la misma. En este sentido, resulta muy significativo que la primera síntesis global que abordaba su estudio en el conjunto del territorio gallego no incluyese un apartado específico sobre la misma cuando en otros territorios del Estado ya se habían registrado avances significativos en esta línea. Por entonces, traspasado el ecuador de la primera década del nuevo milenio, y dejando de lado algunas aportaciones pioneras que tardaron en tener continuidad, comenzaron a ver la luz los primeros trabajos en forma de artículos, contribuciones a congresos y jornadas y catálogos de exposiciones que acreditaban un creciente interés por la temática no del todo ajeno a la eclosión memorialista característica de aquellos años. Como reflejo de estos avances y de las nuevas líneas de investigación que sobre la mujer se estaban abriendo, no sin dificultades, en el ámbito universitario, en la obra colectiva dedicada a analizar el papel de las mujeres en Galicia a lo largo del siglo XX aparece ya un capítulo monográfico sobre la represión de género en el que se esbozan algunas de sus líneas fundamentales. De forma paralela, otras líneas de trabajo comenzaban a abordar su papel en la guerrilla o su paso por los diferentes centros de reclusión".
Nomes e Voces
La culminación de estas líneas de investigación tiene lugar, explica el doctor Prada Rodríguez, "con la publicación de una obra monográfica en la que además de acometer el análisis de la represión sobre las mujeres en las cuatro provincias gallegas durante los años de la guerra civil se profundiza en los roles que desempeñaron en la resistencia armada a lo largo de los años 40 y primeros 50 y se le pusieron nombres, voces y rostros a las que participaron en la resistencia al golpe, en la guerrilla y a las que fueron el principal soporte de huidos, guerrilleros, topos y también de las familias que quedaron. Trabajamos, sobre todo, con la totalidad de los sumarios incoados por la jurisdicción de guerra, el vaciado de los Registros Civiles -culminado ya en el seno del Proyecto Nomes e Voces- y la exploración de las escasas fuentes penitenciarias que se conservan, todo lo cual nos ha permitido fijar de un modo muy aproximado las cifras de represaliadas, tanto de las ejecutadas extrajudicialmente como tras sentencia de consejo de guerra, así como de las que sufrieron penas de prisión".
En consecuencia, puso de manifiesto el ponente, "desciframos la naturaleza de la acción punitiva ejercida por los tribunales militares y por las autoridades gubernativas en el caso de las mujeres, respondiendo a la cuestión clave de la influencia de la variable género. Pero también, hicimos visible la lógica que guía la actuación de los rebeldes a la hora de decidir sobre la ejecución de las mujeres y determinamos qué elementos fueron decisivos para que unas consiguieran salvar su vida mientras otras eran asesinadas sin concesión alguna a su sexo, estableciendo con nitidez los perfiles de las ejecutadas. Y sobre todo, pudimos establecer un marco interpretativo que ha permitido poner de manifiesto las características diferenciales de la represión padecida por las mujeres y, por consiguiente, la multidimensionalidad del fenómeno represivo durante el franquismo. En definitiva, analizamos a nivel macro y micro la represión física sobre las mujeres hasta alcanzar un nivel de conocimiento mucho más detallado que en el caso de los hombres como podéis ver en todas estas cifras en las que no voy a entrar en detalle, pero que a mi juicio son imprescindibles como soporte empírico para poder responder a la pregunta esencial de esta intervención que es la de explicar cuáles son las claves interpretativas de dicha represión. Y no solo para el período de la guerra civil, sino para la inmediata posguerra, hasta mediados de los años 40".
La represión extrajudicial sobre las mujeres
"En primer lugar, la que se refiere a la represión física con resultado de muerte, distinguiendo la que es aplicada por los tribunales de guerra de la que se realiza al margen de éstos; es decir, la que diferencia entre represión judicial y extrajudicial. Esta clasificación resulta lo suficientemente nítida para permitir dar cabida a todas las modalidades represivas existentes, sin embargo, desde el punto de vista analítico, no trasmite una imagen suficientemente precisa de lo que fue aquélla y con ello su interpretación puede resultar, en cierta medida, viciada. Por ejemplo, decir que en un determinado territorio dos de cada tres personas fueron asesinadas extrajudicialmente y sólo una tras ser sentenciada por un consejo de guerra permite extraer una serie de conclusiones, sin duda interesantes", explica Julio Prada. "Pero sí somos capaces de diferenciar _prosigue el ponente_ dentro de esas dos terceras partes, el porcentaje de quienes perdieron la vida en el curso de operaciones militares de las fuerzas rebeldes durante la semana que sigue a la declaración del estado de guerra; de las ejecutadas en aplicación de los bandos de guerra o sin formación de causa por encontrarse incursas en algunos de los supuestos contemplados por dichos bandos de guerra; de las que perecieron debido a operaciones de castigo y limpieza relacionadas con la búsqueda de huidos y guerrilleros; de las que fueron sacadas de una cárcel o de su domicilio y ejecutadas en cualquier recóndito lugar; de las que fueron asesinadas sin intervenir ningún móvil de tipo político o social; etc., la interpretación se enriquece y complejiza de forma notable".
Clase de religión para mujeres en el franquismo.
Tipología de las ejecuciones extrajudiciales
Lo más salvaje de la represión contra las mujeres en toda España, expuso Prada Rodríguez, "no se ejerció a través de la juridicidad formal emanada de los consejos de guerra. Por ejemplo, en Galicia, apenas el 7,25% de las ejecutadas lo fueron como consecuencia de una sentencia dictada por un tribunal, y aun así incluyendo en este porcentaje a las tres mujeres fusiladas como resultado de dos sumarísimos de urgencia en los que ni siquiera parecen haber tenido parte el auditor ni el general jefe de la Octava División Orgánica y que, al margen de la intervención de unos teóricos juzgadores, guardan, si cabe, más relación con las ejecuciones sin formación de causa. Las otras 64 mujeres asesinadas en territorio gallego -excluyendo varios supuestos que presentan dudas sobre si la causa de la muerte es producto de la represión o de otras circunstancias, un caso de suicidio ante el acoso al que la mujer y sus compañeros varones eran sometidos por las fuerzas del orden y una presa asturiana fallecida en la cárcel de Lugo de muerte natural- presentan una tipología diferente".
Afirma Julio Prada que no es sencillo intentar explicar "este enorme predominio de las ejecuciones extrajudiciales en el caso de las mujeres aunque podríamos tener en cuanta algunos elementos:
"En mi opinión quizá influyeron de forma más decisiva otros elementos como la 'incomodidad' que significa ver a una mujer ante un tribunal y la 'inconveniencia' política de sacarlo a luz pública dado el papel que cumplían las mujeres en los esquemas mentales de los sublevados. También habría que tener en cuenta un mayor porcentaje de mujeres asesinadas al margen de las estructuras jerárquicas de decisión, mucho más presentes en el caso de los varones, y al igual que sucedía con esto, la utilidad de esta modalidad represiva para maximizar la extensión del terror", manifestó el profesor.
Las mujeres ante los tribunales de guerra
Destaca Julio Prada que incluso han logrado reconstruir "los contextos de las diferentes condenas a prisión y muerte por los tribunales de guerra: la resistencia al golpe, la relación con los huidos, los gritos subversivos y la difusión de bulos, los delitos económicos y otros contextos diversos y a partir de ellos lo primero que llama la atención es la comparativamente escasa presencia de las mujeres en consejos de guerra con relación a los hombres, lo que se explica fundamentalmente por cuatro variables:
Sobre estas variables, indica el ponente, incidieron un gran número de factores, algunos idénticos a los que operaron sobre los varones y otros tamizados por las propias concepciones que los rebeldes tenían sobre el papel que la mujer había desempeñado y debía desempeñar en la sociedad. De otro modo no se explica cómo solo cinco mujeres -en realidad dos, si prescindimos de los tan repetidos sumarísimos de urgencia en los que ni siquiera intervinieron las máximas autoridades militares-judiciales de la División- fueron ejecutadas tras una sentencia de consejo de guerra y en cambio, como acabo de señalar, otras 64 fueron víctimas de procedimientos extrajudiciales. En consecuencia, podríamos preguntarnos si el sexo puede ser considerado una variable independiente al aplicar y modular la represión física llevada a cabo por los rebeldes. Dicho de otro modo: a igualdad de conducta punible, por el sólo hecho de ser mujer, ¿se aplica una penalidad diferente a la que se impondría a un hombre? Yo creo que, como ocurre con tantos otros aspectos ligados a la represión, la realidad demuestra que no es posible contestar de forma categórica y excluyente. La variable sexo no es susceptible de ser aislada de otras muchas que intervienen en el proceso represivo. Ni aun cuando pudieran darse supuestos en que a una mujer y a un hombre se les detiene al mismo tiempo, se les acusa de idénticos hechos, tienen análogos antecedentes e informes de conducta, sus declaraciones son exactamente coincidentes y sus juzgadores son los mismos, podríamos operar con total certeza. De hecho, ni siquiera cuando todas estas circunstancias afectan por igual a dos o más hombres -o a dos o más mujeres- el castigo impuesto fue en todos los casos coincidente".
Esto, según Julio Prada, no es obstáculo "para reconocer una serie de pautas que permiten, en primer lugar, afirmar que el género es una variable que debe ser considerada a la hora de analizar el proceso represivo. Es decir, este último -lo que llamaríamos la variable dependiente- no puede ser aprehendido en toda su complejidad si no se tiene en cuenta que los rebeldes y sus apoyos sociales actuaban inspirados por su particular atribución cultural de roles y comportamientos a cada uno de los sexos, o lo que es lo mismo, en muchos casos es evidente que las decisiones de los tribunales con relación a las mujeres venían inspiradas en no pocos casos por las circunstancias propias de su sexo. Pero, ¿cómo operaban exactamente tales circunstancias? ¿Atenuando o agravando la responsabilidad de la transgresora? ¿Siempre en la misma dirección o mudando de signo en función de determinadas consideraciones? ¿De forma invariable en sentido positivo, ya fuese disminuyendo o aumentando la carga de la pena, o también resultaron a veces indiferentes? Comenzando por esta última cuestión, habría que decir que, en efecto, tenemos abundante muestra de ejemplos en los que el género no parece haber influido de modo terminante en la imposición de una condena, aplicándose análoga sanción a mujeres y hombres incursos en los mismos hechos punibles".
Tratamiento más favorable
"En cambio, en otros, acaece justo lo contrario. Determinados rasgos atribuidos a la idiosincrasia femenina jugaron muchas veces en su favor a la hora de obtener un tratamiento más favorable por parte de los juzgadores, pues muchas veces se las consideraba seres faltos de cultura, privadas de determinación o voluntad, incapaces de pensar y de actuar por sí mismas, carentes de eficacia a la hora de influir sobe las masas, subordinadas a sus padres, maridos o compañeros por razones de afecto obediencia o simple ineptitud, etc. Pero también a la inversa, ya que tampoco faltan los casos, aunque en conjunto menos abundantes, donde esas representaciones de las mujeres coadyuvaron a la imposición de una penalidad agravada. En estos supuestos se quiso ver en ellas a elementos hábiles para secuestrar la voluntad de sus maridos, dominantes en sus hogares, propagandistas eficaces de doctrinas desintegradoras, entusiastas revolucionarias dispuestas a pasar a cuchillo a las gentes de orden, degeneradas peligrosas para el Movimiento, etc.", declaró Prada Rodríguez destacando que esa dualidad "obliga a analizar con sumo cuidado los diferentes sumarios para no emitir juicios apriorísticos, toda vez que el derecho penal, incluido el Código de Justicia Militar, consideraba una circunstancia agravante actuar como elementos principales o directores en la perpetración del delito, y como atenuante, hacerlo como meros partícipes o dirigidos. Y ambas fueron utilizadas también para modular la pena de los varones, por lo que no debe deducirse de forma automática que se están utilizando consideraciones de género cuando a una mujer se le impone una pena mayor o menor en función de que se la considere dirigente o subordinada. Existen procesos en los que los juicios sexistas están presentes en buena parte de las actuaciones que conforman el expediente, contaminándolo desde la apertura de diligencias hasta su resolución final. En otros, aun no estando exentos de aquéllos, la imposición de la pena estuvo guiada por razones que no guardan relación con los mismos y en otros, por fin, la condición de mujer de la imputada no parece haber sido decisiva para el desenlace de la causa.
Lo mismo ocurre con la apreciación de la trascendencia de las conductas por las que se condenó a mujeres y que, en un número muy elevado de hombres, significó una condena a muerte. Y es que las reiteradas perversidad y transcendencia, utilizadas de forma sistemática como circunstancias agravantes por los consejos de guerra para imponer las penas más severas, difícilmente podían ser apreciables en puridad en una tierra en la cual, a salvo de casos muy excepcionales, los desmanes tras producirse el golpe de Estado brillaron casi por su ausencia, donde las bajas de los rebeldes fueron contadas tras la declaración del estado de guerra, que quedaba muy alejada de los frentes de combate y donde no hubo bombardeos ni acciones que explicasen represalias como las documentadas en otras latitudes".
Reclusas en el taller de la prisión de Alcalá de Henares.
Mujeres y cárceles
La experiencia carcelaria de las mujeres castigadas a penas de prisión "todavía presenta muchos puntos oscuros, aunque no tanto desde la óptica de los escasos relatos, repetidos hasta la saciedad, de aquellas que soportaron largas estancias entre rejas por su nítido compromiso político en los años de la guerra civil y la larga posguerra. Ni tampoco desde el punto de vista cuantitativo, una vez que el más que satisfactorio estado de conservación de los sumarios militares permite profundizar en esta cuestión. Me estoy refiriendo, sobre todo, a las detenidas gubernativas, que apenas si han podido ser estudiadas por la marcada insuficiencia de documentación. Para hacernos una idea de la importancia que tiene abordar su estudio si lo que pretendemos es obtener una radiografía lo más aproximada posible de lo que fue la represión franquista bastará un simple dato cuantitativo: en Galicia solo 127 mujeres fueron condenadas por los tribunales de guerra entre 1936 y 1939 a la pena de muerte o a penas de cárcel, pero en realidad el número de encartadas asciende a 715. Casi todas, salvo un número muy reducido que figuran encartadas en rebeldía o contra las que se suspendió el procedimiento por diversas razones, pasaron por alguna de las cárceles radicadas en las cuatro provincias gallegas y a ellas habría que sumar una cantidad seguramente más elevada de las que no fueron nunca encartadas en un proceso, pero cuyo número exacto es imposible de cuantificar si pensamos que A Coruña y Pontevedra no se han localizado todavía fuentes seriadas que permitan ofrecer cifras concretas. Solo en Ourense, donde las fuentes son más completas, el número total de presas políticas y comunes entre 1936 y principios de los años 50, superaría holgadamente los dos millares".Grupo de mujeres encarceladas durante los años de dictadura franquista.
Estas carencias adquieren su verdadera significación si tenemos en cuenta, -destaca el ponente- en primer lugar, que hay territorios en los que no existieron prisiones centrales de mujeres, como fue también Galicia, por lo que todas las condenadas por los tribunales de guerra a penas de cierta entidad extinguieron su condena fuera de sus fronteras. Y, sobre todo, por las características del modelo represivo implementado en la retaguardia para forzar la presentación de elementos huidos, limitar sus posibilidades de organización y estrangular las bases de apoyo de la resistencia armada. En este sentido, lo mismo en el caso de varones que de mujeres, las autoridades militares recurrieron con profusión a detenciones selectivas que podían implicar, a veces, pasar largos meses recluido en los muros de cualquier prisión provincial o de partido sin haber cometido ningún delito ni encontrarse formalmente acusado de cualquier comportamiento ilícito, ni siquiera desde la óptica de los sublevados. Pero en el caso de las mujeres esta estrategia resultó mucho más llamativa, no sólo por lo que significó en términos porcentuales respecto a las finalmente condenadas por móviles políticos, sino porque en la gran mayoría de las ocasiones su castigo no se debía tanto a su teórica peligrosidad o a sus actividades cuanto a las atribuidas a sus familiares varones: convirtiéndolas en auténticos rehenes para el logro de tales objetivos, se castigaba también a través de ellas a quienes no se había logrado capturar".
"La cuantificación de mujeres que pasaron por las prisiones presenta otras dificultades a sumar a la escasez de documentación y a los problemas a la hora de distinguir entre 'políticas' y 'comunes'. En primer lugar, no siempre las fuentes, aun siendo seriadas, permiten determinar cuándo una de ellas es detenida y puesta en libertad en varias ocasiones -algo fundamental, sin ir más lejos, para desvelar la estrategia represiva de las autoridades en los ya comentados supuestos de auxilio a huidos y guerrilleros- o cuándo una de esas frecuentes «salidas» que aparecen en los libros de registro de las cárceles se trata, en realidad, de un traslado a otra prisión. Todo ello dificulta, en definitiva, los intentos de reconstruir el currículo carcelario de muchas de estas mujeres, sobre todo si queremos ir más allá de las breves notas que suelen aparecer en los expedientes personales de las mismas, allí donde se han conservado y resultan accesibles, y penetrar en la intrahistoria de cada una de ellas.
Y por último, es necesario adoptar un criterio uniforme y racional a la hora de intentar establecer el número aproximado de mujeres que pasaron por las prisiones franquistas para no duplicar los guarismos. En este sentido, lo primero es distinguir entre 'mujeres' e 'ingresos', pues con frecuencia, y haciendo ya abstracción de los comentados traslados, una misma mujer -y un mismo hombre- podía ingresar repetidas veces en un centro de reclusión a lo largo de su vida por los mismos, parecidos o completamente diferentes motivos: tres, cuatro o hasta seis ingresos a lo largo de más de una década no fueron excepcionales en diferentes prisiones. Además, debe optarse por el criterio de territorialidad, por el de naturaleza o por el de residencia a la hora de realizar los cálculos. El primero es, sin duda, el más utilizado por los especialistas, sobre todo a la hora de cuantificar víctimas, pero también existen poderosos argumentos en sentido contrario: haber sido ejecutada en una provincia por puro «azar geográfico» o cumplir condena en una localidad diferente a la de residencia -con lo que esto significa en aquellos casos en los que no existen prisiones centrales de mujeres- ¿es razonable que convierta a la víctima en «vecina» de la misma a efectos contables?"
Qué se entiende por represión sexuada
"Lo que singulariza a la represión sexuada sería el ejercicio de una violencia sobre las mujeres por el mero hecho de serlo. Al margen de la extensión que queramos conceder al concepto de violencia ('todo ataque material y simbólico que afecta su libertad, dignidad, seguridad, intimidad e integridad moral y/o física'). Por tanto, lo primero que debe tenerse en cuenta es que esa violencia tiene lugar en unas coordenadas sociohistóricas específicas, aunque determinadas manifestaciones de la misma se produzcan en el marco de culturas y relaciones identitarias muy diferentes. Por eso, si bien es cierto que supone un reflejo de las relaciones asimétricas entre hombres y mujeres, su carácter multidimensional exige tener en cuenta diferentes perspectivas de análisis, por supuesto la política, pero también la antropológica y cultural". Y aquí, según advierte Julio Prada, surge la primera cuestión sobre la que llama la atención y que tiene que ver con el problema de las fuentes que podemos utilizar para abordar esta violencia. "Sabemos que las fuentes escritas son escasas, aunque no inexistentes, y que tampoco abundan los testimonios gráficos, a diferencia de lo que ocurre en diferentes países europeos después de la segunda guerra mundial o con manifestaciones contemporáneas a nosotros en las que se sigue practicando el rapado sobre mujeres en contextos muy diferentes. Por ello, la mayoría de quienes nos enfrentamos a estas cuestiones hemos tenido que recurrir a testimonios orales recabados a lo largo de los 'diferentes tiempos' que se han sucedido desde que comenzamos a investigar la represión franquista. Por tanto, cabría preguntarse cuál sería la validez historiográfica de un relato (re)construido casi 90 años después de acontecidos los hechos que se recuerdan a partir de las evocaciones de los descendientes o de los vecinos de las víctimas, dada la práctica desaparición de las mujeres que sufrieron en primera persona este tipo de represión. En mi opinión, esto nos plantea nuevos retos de los que no siempre hemos conseguido salir bien parados y en parte, yo creo que ello se debe a que continuamos haciendo a nuestros interlocutores las mismas preguntas que nos gustaría haber realizado a sus allegados hace ochenta años, sin ser muchas veces conscientes de cómo esas narrativas se han ido acomodando a los diferentes presentes que se han ido sucediendo desde entonces. En realidad, a mi entender, hace tiempo ya que estamos inmersos en un proceso en el que lo historiable, más que el hecho represivo en sí, son los diferentes discursos sobre el mismo y los distintos tiempos de cada una de esas narrativas. Porque es precisamente esa reescritura de la representación de las vivencias de aquellas mujeres la que dota de nuevos significados a unas experiencias que ya no podemos aprehender a través de los testimonios de quienes las padecieron, pero que sin embargo continúan proyectándose sobre nuestro presente".
Las víctimas
"Las narrativas que llegaron hasta nuestros días del rapado permiten perfilar de forma más o menos clara -señala el doctor Prada Rodríguez- los rasgos esenciales de las víctimas que fueron sometidas a esta clase de vejación. De su análisis es posible colegir, en primer lugar, que no existe un único prototipo de mujer susceptible de atraer sobre sí la atención de los perpetradores. No lo hay, por ejemplo, por razones de edad, pues están documentados casos de niñas de 14 o 16 años, de mujeres jóvenes, maduras y hasta de ancianas. Tampoco desde el punto de vista de la clase o la condición social: ciertamente parecen abundar más las de condición humilde, lo que guarda relación tanto con la naturaleza del proceso represivo como con su abrumador peso en términos porcentuales sobre el conjunto de la población, pero también 'distinguidas señoritas' de 'buena familia' y muchachas de clase media sufrieron idéntica humillación a otras de menor fortuna y peor cuna. Incluso su belleza exterior, muchas veces idealizada en los testimonios orales y que en más de una ocasión ha sido identificada como el móvil último del agravio, no parece haber sido determinante ni en un sentido ni en otro. En consecuencia, para caracterizarlas, parece que nuestro foco de atención debe dirigirse, sobre todo, hacia las motivaciones de los represores; hacia los diferentes elementos que pudieron haber intervenido en su señalamiento. Y para eso, a falta de testimonios de los perpetradores, no tenemos más remedio que acudir al juicio de las propias víctimas y a la percepción de quienes no fueron actores principales sino espectadores del drama y a la de quienes, de un modo u otro, participaron en la (re)elaboración de las múltiples narrativas que su recuerdo fue construyendo a lo largo del tiempo".
Al enfrentarnos a estos relatos, conviene distinguir entre lo que pudieron haber sido las razones concretas por las que uno o varios de los perpetradores señalaron a la víctima (las rencillas y resentimientos por cuestiones de lo más variado -laborales, lindes, riegos, herencias, deudas…-, muchas veces relacionadas más con sus allegados varones que con ellas mismas, y, sobre todo, el despecho amoroso son los motivos más socorridos a juicio de las entrevistadas ) y la pléyade de explicaciones con las que los diferentes narradores tratan de encontrar sentido a los impulsos de los verdugos y que, en última instancia, son las que convierten un acto de venganza personal en un acto de exclusión social de naturaleza colectiva, que casi siempre está presente en todos estos comportamientos que sirven de pretexto para justificar ante las audiencias la escenificación del castigo: la 'desviación' o, si se quiere, la 'transgresión' femenina, ya sea en primera persona o de forma transitiva, es decir transferida a través de sus allegados varones. La naturaleza de la 'desviación' femenina puede ser muy diferente y, desde luego, existen ejemplos de mujeres que comparten ciertas experiencias y otras que no parecen encajar en moldes rígidos. Pero aun así, se nos perfilan dos grandes categorías.
Mujeres rapadas en Montilla, Córdoba, como castigo y humillación por parte de los sublevados.
Los verdugos
Los relatos sobre el ritual del rapado son muy precisos a la hora de identificar a los verdugos. Así, señala el ponente que el grupo más numeroso "lo conforman milicianos de uno y otro signo, vecinos de la misma localidad o llegados de otras más o menos próximas, aunque los falangistas, obviamente por su mayor número pero también porque en muchas provincias su extracción los hacía más proclives a estas prácticas, se llevan la palma. No obstante, al margen de su mayor peso en el conjunto de las milicias de segunda línea, son las particularidades locales las que marcan la pauta. Así, los 'cívicos' no encuadrados de modo oficial en ninguna de las grandes organizaciones hasta su integración en el conglomerado que surge del Decreto de Unificación del 19 de abril de 1937, tuvieron un papel de primer orden en algunas poblaciones donde el peso o la saña de aquellos eran menores. Y aunque en mucho menor grado, las boinas rojas o las camisas verdes caqui también destacaron en más de una ocasión entre quienes dirigían la liturgia del esquilado femenino".
"Algunos testimonios incluyen entre las trasquiladoras a mujeres. Las pertenecientes a la Sección Femenina son las que más parecen haberse distinguido en la planificación y la perpetración de tales actos, pero también hay ejemplos de otras que carecían de filiación política. Si no resulta sencillo profundizar en los móviles de los perpetradores varones, mucho menos lo es en el caso de estas mujeres, primero porque al igual que aquellos no se prestaron a declarar las razones de su proceder, y sobre todo porque son mucho menos abundantes las referencias orales que tratan de profundizar en ellos. El despecho amoroso, recurrente en el caso de los hombres, parece haber sido anecdótico, aunque es verdad que no faltan insinuaciones de una relación frustrada con el marido o el compañero de la víctima, quizá demasiado escasas para hacer de ellas categoría. Lo mismo ocurre con aquellas que no apuntan directamente hacia un desengaño, pero sí hacia la envidia porque la belleza física de la víctima atraía sobre ella la mirada de los jóvenes de la localidad en cuestión", indica Prada Rodríguez.
Un último grupo de esquiladores estaría conformado por "sujetos varones obligados por los milicianos a rapar a las mujeres. En unos casos parece que lo determinante de la coacción tiene que ver con sus ideas izquierdistas, de modo que forzándolos a cometer semejante vejación en 'una de las suyas' la humillación es doble y, quizá, más agravada, aunque de nuevo son las percepciones individuales las que resultan determinantes a la hora de interpretar si la víctima femenina hubiera preferido soportar la afrenta siendo infligida por uno de aquellos uniformados o a manos de estos desdichados. En otros pareciera que la elección no tiene otra connotación que la profesión de peluquero del coaccionado, pero en otros oficio e ideología van unidos. En otros, en fin, parece que lo que se busca aposta es reforzar el carácter ignominioso del ultraje a través del instrumento en sí y no tanto de la persona del obligado, como cuando se arrastra a un paisano a perpetrar el acto con una maquinilla de trasquilar ovejas o burros. Milicianos, determinados grupos de mujeres y varones forzados a actuar de verdugos no agotan, sin embargo, todas las posibilidades que recoge la rica tradición oral al respecto. Habría que recordar, por ejemplo, los casos en los que se habla de vecinos anónimos que no pertenecían a ninguna milicia, las más de las veces caracterizados de forma bastante difusa e imprecisa pero otros señalados con nombres y apellidos. E incluso parecen haberse dado ejemplos de mujeres obligadas a raparse a sí mismas y de otras que, asumiendo lo inevitable del castigo, llegan a autoinfligírselo o a llevarlo a cabo ellas mismas sobre una familiar en un intento de evitarles esta parte de la humillación pública".
Julio Prada resalta las dificultades para atribuir roles excluyentes a verdugos, señaladores y cómplices. "No faltan testimonios orales en los que los más perversos sicarios devienen en ángeles de la guardia de potenciales víctimas a las que se hallaban unidas por lazos de parentela, familiaridad, vecindad, débito o favor. Ese mismo falangista que participaba en la elaboración de las listas de las que habían de ser rapadas sin el menor remordimiento, las conducía con el resto de la partida al lugar del escarnio, intervenía de forma activa en el ritual y era el primero en esgrimir la botella de ricino, también tachaba el nombre de una vecina marcada por haber asistido a un mitin de Pasionaria cada vez que aparecía su nombre en una relación sin más argumento ante sus correligionarios que 'era una buena chica que no se metía en nada'. Y aunque es verdad que detrás de los centenares de testimonios que traen a colación la figura arquetípica del buen samaritano puede haber mucho de ficción construida o de un intento de exculpar a determinados personajes e incluso a todo un colectivo, lo extendido de tales relatos nos pone necesariamente en guardia ante lecturas en exceso simplistas que tienden a considerar que los comportamientos y las actitudes son estáticas e inmutables, cuando ocurre todo lo contrario".
La complicidad social
La dimensión pública de estos actos de rapado, siguiendo a Julio Prada, "nos obligaría también a reflexionar sobre el papel desempeñado en el mismo por quienes no son susceptibles de encajar en las categorías de verdugos o víctimas; es decir, los cómplices y los meros espectadores. Para que una práctica de semejante naturaleza se extienda con tal profusión por toda la España sublevada se requiere un cierto nivel de complicidad social. También lo es que exige la aquiescencia de las autoridades militares que las alentaron en muchos casos hasta que, alcanzados los propósitos a que servían, dictaron normas prohibiéndolas; primero sobre el papel, más tarde limitando su exhibición y, al final, impidiendo que continuaran hasta que una determinada coyuntura hiciera de nuevo aconsejable practicar algún escarmiento aislado. El grado de complicidad de quienes no alcanzan la condición de perpetradores fue muy variado. A unos, las fuentes les atribuyen la credencial de meras comparsas, limitando su papel al de actuar a rebufo de lo que hacían otros de mayor significación; a otros, por el contrario, se los responsabiliza de ser los verdaderos instigadores del señalamiento y del posterior castigo, aunque a la hora de ejecutarlo prefieran mantenerse en un segundo plano; otros más bien parece que encajarían en la categoría de cooperadores necesarios, ya fuera por haberse abstenido de intervenir estando obligados a hacerlo ya porque sin su concurso los perpetradores no pudieran actuar. La complicidad por inacción de quienes no tenían más servidumbre que la de compartir idéntica condición humana que las víctimas nos introduce, en fin, en el espinoso y perturbador campo de la 'culpa colectiva' de todo el agregado social unido a aquellas por meras relaciones de vecindad o proximidad de vida. Una incomodidad que se acrecienta con solo traer a colación las ocasiones en las que la intervención de un personaje influyente -un sacerdote, un militar, un potentado o alguien con cierto prestigio en la comunidad- evitó que una mujer fuese pelada y, sobre todo, las veces en las que individuos, tanto varones como, sobre todo, mujeres, que carecían de todo ascendiente lograron idéntico resultado solo con enfrentarse a los verdugos. Y también nos conduce a analizar el no menos complejo papel desempeñado por los espectadores en los diferentes actos de los que constaba la representación. De lo ocurrido en Francia tras la liberación quedaron abundantes testimonios gráficos que, lamentablemente, no existen en España. En consecuencia, debemos acudir una vez más a los diferentes relatos que nos fueron legados y a las escasas fuentes escritas que hacen referencia. Y estos nos transmiten una amplia paleta de tonalidades: desde vecinos que fueron obligados a presenciar el castigo a la fuerza a otros que acudieron simplemente impulsados por el clima de terror existente, pasando por otros que acudieron de buen grado e incluso participaron complacidos de toda la liturgia, aunque su nivel de anuencia o de fanatismo no alcanzara al extremo de querer asumir el mismo protagonismo de quienes optaron por ejercer de verdugos. Pero lo cierto es que entre el deleite de unos y la manifiesta desaprobación de otros, la mayoría parece consentir o callar por indiferencia, desidia, incuria o mera cobardía".
Mujeres en el entorno de la Ciudad de la Selva
Laura Martínez Panizo, graduada en Historia y Máster en Historia Contemporánea por la USC, habló de Mujeres en el entorno de Ciudad de la Selva: la materialidad, la memoria y los documentos desde la perspectiva de género. Su intervención parte de las experiencias desarrolladas en Sputnik Labrego, Asociación Científica dedicada a investigar y analizar las formas de resiliencia y de adaptación de las sociedades campesinas gallegas ante procesos históricos de grandes transformaciones, poniendo el foco en el papel de la materialidad en la construcción de la identidad campesina. "El caso de estudio La Guerra Civil y la construcción del Estado totalitario franquista como la imposición definitiva de la Modernidad en las comunidades campesinas gallegas, engloba la investigación de Ciudad de la Selva, denominación que el Estado Mayor de la Federación de Guerrillas de León-Galicia dio en sus estatutos al conjunto de campamentos instalados en los montes de Casaio (Ourense) para desarrollar su actividad guerrillera con el firme propósito de acabar con el franquismo y el fascismo en España durante los años 40. El proyecto integra una perspectiva de género con el objetivo de entender cómo eran las relaciones entre mujeres y hombres dentro de este contexto, estudiando el entorno de Ciudad de la Selva como un espacio de resistencia, zona motor de la economía del entorno muy bien conocida por la gente de la zona, donde la mujer no está reducida al espacio doméstico, sino que se expande por el rural desarrollando las actividades propias de la subsistencia en la montaña. Aun así, e incluso en el monte, las mujeres no dejarán de habitar espacios masculinizados".
Manifestación femenina en los años de la Transición.
Violencia institucional de género en la Transición
Otra ponente, Enya Antelo Alvite, graduada en Historia y Máster en Historia Contemporánea de la USC, diserto sobre (In)justicia transicional: violencia institucional de género en la Transición a la democracia. Expuso que la violencia de género es una cuestión que "ha funcionado como elemento movilizador de los Feminismos, aglutinándolos en momentos determinados, aún con sus divergencias internas. A pesar de los debates actuales (y aunque es innegable que algunos de esos frentes feministas perpetúan violencias hacia otros), si echamos la vista atrás encontraremos que la violencia de género nos ha reunido en las calles y en las instituciones en diferentes momentos de la Historia reciente".
En el año 2019, más de una década después de la Marcha Mundial de las Mujeres, "nos movilizamos de forma masiva y global en torno al himno chileno de Las Tesis, denunciando la violencia sexual y su institucionalización. En España, un año antes, se convocaba una huelga general para el 8 de marzo que resultó fuertemente apoyada. Un apoyo en el que tuvieron mucho que ver casos concretos también relacionados con la violencia sexual y la violencia de género perpetuada por las instituciones, como el de Juana Rivas, Marta del Castillo o La Manada. Esos casos funcionaron como espita para reclamar la revisión de la Ley contra la violencia de género del 2004, aprobada después de otro caso mediático: el de Ana Orantes, a finales de los años 90".
Señala esta ponente que en los años de la Transición a la democracia, "la violencia sexual e institucional reunió a unos Feminismos divididos en sus debates, que se enriquecían a nivel teórico gracias al aperturismo, pero también se dinamitaba respecto a sus formas de acción. En esta década de cambios penales y legislativos respecto de los derechos de las mujeres (cis), hubo casos concretos que funcionaron como catalizadores de los reclamos feministas, al tiempo que pusieron sobre la mesa cuestiones como la instrumentalización de sus demandas desde unas instituciones en muchas ocasiones inoperantes, e incluso perpetuadoras de esas mismas violencias".
Así, en esta sesión Antelo Alvite analizó algunos de esos casos de violencia institucional a partir de la prensa de masas y de los medios feministas independientes. "Esto permite comprender el papel de los Feminismos en los avances legislativos y en las políticas públicas, pero también la forma en que se produce esa instrumentalización desde el juego político. Por último, esos estudios de caso ayudan a visibilizar el continuismo con la dictadura, a partir de los usos de la violencia de género como herramienta de persecución a los movimientos de la izquierda armada, y la impermeabilización de los poderes estatales desde un corpus judicial machista y patriarcal". De forma previa a la presentación de esos casos concretos, planteó marcos conceptuales en torno a los elementos movilizadores, a la violencia institucional y su situación legal en España, y a los debates teóricos de los Feminismos en la década de los 80.
El Movimiento Democrático de Mujeres
María Concepción Álvarez Gómez, licenciada en Historia por la USC y máster en Historia, territorio y Recursos Patrimoniales por la Uvigo, disertó sobre Luces y sombras: el Movimiento Democrático de Mujeres en Galicia. "El Movimiento Democrático de Mujeres y, en general, el movimiento feminista durante el tardofranquismo y la transición a la democracia en Galicia, se inscribe dentro de las grandes líneas que condicionan su evolución en el conjunto del Estado. En consecuencia, su trayectoria se ve matizada por la existencia de unas notas diferenciales producto, en esencia, de dos grandes tipos de factores:
"Estas características, comunes a todo el territorio gallego, -señala Álvarez Gómez- se ven acentuadas en las provincias interiores, por lo que no debe extrañar que su aparición sea bastante más tardía que en otros puntos del Estado, en no pocos aspectos subordinado a estrategias políticas exógenas, con sus primeras impulsoras formadas fuera de su geografía y en las que en un primer momento parece que predominan las reivindicaciones no estrictamente feministas. Además, el limitado activismo mostrado por la oposición antifranquista durante los estertores del régimen resultó un obstáculo para que pudieran confluir en el MDM los tres grandes aportes que pueden rastrearse con nitidez en otros puntos del Estado: mujeres de preso, militantes antifascistas de los tiempos de la guerra civil y mujeres que fueron construyendo su imaginario antifranquista a partir del rechazo de la dictadura, ya fuera por su negación de las libertades, por la perpetuación de la discriminación femenina o por ambos elementos a la vez. En todo caso, su existencia no puede entenderse al margen de dos grandes grupos de factores:
Como consecuencia de ello y de la propia estructura de oportunidades políticas vigente, Álvarez Gómez señala que "se produjo una ampliación de dichas funciones en una doble dirección:
Así, la ponente asegura que desde esta perspectiva, "no puede negarse que el movimiento lo mismo presenta luces que sombras. En primer lugar, la notable fragmentación organizativa y las disensiones teóricas lastraron las posibilidades de ejercer una más efectiva influencia desde el punto de vista político-institucional en el proceso de cambio experimentado por España durante aquellos años. Ello debido a la ausencia de una línea estratégica clara y de una nítida definición de objetivos comúnmente compartidos y, sobre todo, de lo relativo a su priorización. Esto se percibe con mayor claridad contemplando en su conjunto el espacio gallego, pues si bien en un principio los diversos grupos de mujeres se centraron en consolidar espacios de discusión feminista que a larga acabarían provocando la diversificación de tendencias, no impidió la aparición de coordinadoras feministas y la organización de campañas unitarias en los años de apogeo, en especial alrededor de dos grandes ejes de lucha: el divorcio y el aborto". El Movimiento de Mujeres tuvo un considerable dinamismo, lo que "posibilitó experimentar variadas formas de acción y tácticas y estrategias de lo más diverso. Es verdad que esto último es común a muchos de los denominados 'nuevos movimientos sociales', pero lo cierto es que, cualquiera que sea nuestro espacio geográfico de referencia, supuso una clara ruptura con la complaciente práctica del 'consenso', mitificada durante aquellos años, debido a la espiral creciente de reivindicaciones que generaba la resolución de una de ellas, y al mucho camino que quedaba, y todavía queda por recorrer, hasta la consecución de una verdadera igualdad real".
UNED Ourense
Comunicación