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El profesor Julio Prada presenta un libro en inglés que supone un avance en la historiografía sobre la represión económica en España

18 de mayo de 2021

The Plundering of the Vanquished. The Economic Repression during Early Francoism, (El saqueo de los vencidos. La represión económica durante el primer franquismo) aporta también al mundo de habla inglesa conocimiento acerca de este tipo de represión

OURENSE, 18 de mayo de 2021.- El profesor de la Universidad de Vigo además de profesor tutor y coordinador académico de UNED Ourense, Julio Prada Rodríguez, acaba de presentar el libro The Plundering of the Vanquished. The Economic Repression during Early Francoism, (El saqueo de los vencidos. La represión económica durante el primer franquismo) publicado por la prestigiosa editorial Peter Lang. Se trata de una obra sólidamente fundamentada, pero a la vez sintética y clarificadora, en la que Prada trata en, primer lugar, la evolución historiográfica sobre este tipo de represión, destacando las causas que explicarían la menor atención dedicada por la historiografía a la represión económica.

En primer lugar, señala el profesor ourensano que este tipo de represión resulta menos «dramática» que la física con resultado de muerte o que el internamiento de miles de personas en los diferentes centros de reclusión utilizados por el régimen, lo que hizo que las primeras investigaciones se centrasen en elaborar catálogos más o menos exactos de víctimas de esta modalidad represiva y contextualizar sus ejecuciones. Otra razón citada por el autor es la «incomodidad» que representaba para los poderes públicos y para una parte importante de la sociedad el que un buen número de personas se viesen implicadas en un proceso represivo que perseguía privar de sus bienes o de una parte de su patrimonio a personas que, en ocasiones, ni siquiera habían cometido un delito desde la particular óptica de los sublevados. Por último, la propia dispersión de las fuentes, que contrasta, según explicó Prada Rodríguez, con la creciente apertura y catalogación de los archivos militares que custodian los miles de sumarios incoados contra los simpatizantes del Frente Popular.

El largo camino recorrido por la historiografía especializada en la represión económica, desde los pioneros trabajos de mediados de los años ochenta hasta las más recientes investigaciones de ámbito autonómico, “certifica la vitalidad de unos estudios caracterizados por la creciente incorporación de nuevas temáticas y enfoques que van más allá de la mera cuantificación de las sanciones para dar paso al análisis de nuevas realidades desde una óptica cada vez más social y cultural”, señala Prada. Así ha sido posible profundizar en uno de los aspectos esenciales de ese microcosmos represivo que se proyectaba sobre los aspectos más insignificantes de la vida de los españoles durante los años más duros de la guerra y la posguerra. “Y con ello, cada vez resulta más evidente que las diferentes modalidades represivas deben ser contempladas como parte de un vasto programa de acción global que fue mucho más allá de una simple violencia engendradora de relaciones de poder, ya que perseguía asegurar la dominación y el sometimiento de los individuos para facilitar la asunción, incluso subconsciente, de los nuevos códigos y valores inspiradores del nuevo Estado”, sostiene el autor.

Políticas de exclusión

Desde esta perspectiva, la represión económica “se convirtió en un elemento central de las políticas de exclusión social de la dictadura, iniciadas ya desde el golpe de Estado cuando los primeros consejos de guerra sentaron la tesis de que quienes se habían opuesto al pronunciamiento eran los únicos culpables de los daños causados por su degeneración en guerra civil”. La posterior normativa de responsabilidades civiles y políticas ayudaría a cimentar más en el imaginario colectivo “la idea de la responsabilidad general de cuantos se identificaron, de un modo u otro, con todo lo que había representado la Segunda República”, señala Julio Prada. Desde este punto de vista, cumplió a la perfección su cometido dentro del entramado represivo: más allá de su utilidad al proporcionar recursos para los frentes bélicos y para el funcionamiento de la retaguardia, acabó por convertirse en una valiosa arma de disuasión e intimidación que inhibía cualquier muestra de desafección.

La represión económica presenta varias manifestaciones: suscripciones patrióticas, exacciones económicas varias, multas, incautaciones de bienes y sanciones impuestas al amparo de la normativa de responsabilidades civiles y políticas. A esto se suma la dispersión de las fuentes y, en ocasiones, la poca precisión de estas, y la relativa frecuencia con la que unas y otras aparecen mezcladas en publicaciones, por lo que Julio Prada ha hecho el esfuerzo de diferenciar con precisión entre ellas. Ello no impide que esas diferentes manifestaciones, a pesar de su análisis pormenorizado, sean explicadas por el autor como parte de un único proceso global.

Uno de los aspectos más novedosos es el de las «requisas reglamentadas», es decir, realizadas por el Ejército con todas las formalidades requeridas por la normativa y en el ejercicio del derecho de requisición que preveían las leyes vigentes para situaciones en las que estuviera declarado el estado de guerra. No suele ser común en este tipo de trabajos abordar esto, en la medida en que, como el autor reconocía, no deberían ser integradas en un análisis sobre la represión económica, al menos desde el punto de vista conceptual y metodológico. Sin embargo, como el propio Prada defendió en otros trabajos anteriores dedicados al estudio de la represión física, su tratamiento en un volumen de estas características, permite hacer hincapié en ese carácter sistémico del conjunto del proceso represivo.

Advierte el doctor Prada que el amplio catálogo de actuaciones que conforman el complejo entramado de la represión económica durante la guerra civil y el franquismo “exige extremar las precauciones para no confundir prácticas en apariencia muy semejantes, pero que constituyen realidades bien diferentes y en absoluto homologables”. Cita por ejemplo las requisas llevadas a cabo por las autoridades militares en la guerra civil, que forman parte de la “gigantesca maquinaria burocrática y de extorsión creada por los rebeldes para intentar responder con eficacia a las necesidades derivadas del fracaso del golpe de Estado y su transformación en guerra civil. Pero no presentan otra novedad que la exigencia de llevarlas a cabo en unas circunstancias en las que asegurar las “necesidades del servicio” primó sobre otras consideraciones de índole administrativa o formalista”.

Esas perentorias urgencias y la existencia de un cierto policentrismo germinal, con numerosos comandantes militares e incluso Jefaturas de Milicias arrogándose el derecho de requisición, favorecieron la multiplicación de situaciones en las que los abusos fueron frecuentes. Pero al margen de las requisas no regladas ni legalizables —en realidad auténticos expolios practicados por milicianos que actuaban sin mandato de la autoridad militar, pero frecuentemente con su tolerancia inicial—, no puede hablarse de una situación generalizada de descontrol en la mayor parte de la retaguardia. “Ni la Intendencia Militar de las diferentes Divisiones dejó de funcionar ni se prescindió por completo de las formalidades de rigor, incluso antes de que el Estado campamental del que hablaba Ramón Serrano Suñer fuese imponiendo progresivamente su autoridad”, expone el profesor tutor de UNED Ourense.

Incautaciones

Las incautaciones de bienes de particulares y entidades políticas y sociales afectas al Frente Popular realizadas antes de la entrada en vigor del Decreto nº 108 y del posterior Decreto Ley nº 157 y la Orden que lo desarrollaba coinciden con las requisas en que su destino final fue satisfacer las necesidades bélicas y de sostenimiento de la retaguardia. “Pero difieren tanto por su significado como por el procedimiento para hacerlas efectivas y, naturalmente, por quienes fueron los sujetos pasivos de unas y otras. Mientras estas últimas estaban configuradas como una forma de ocupación temporal que si bien daba derecho a una indemnización se diferenciaba de otras figuras expropiatorias tanto por su causa legitimadora —las necesidades bélicas— como por el método expeditivo mediante el cual los habilitados para practicarlas adquirían su posesión, las primeras carecían de otra referencia normativa que los bandos de guerra y la consideración como «enemigos» de las víctimas. Muy pronto este vacío va a ser suplido por diferentes autoridades, sobre todo comandantes militares, que lo mismo decretan por su cuenta la clausura de centros obreros que disponen la incautación de las propiedades de «extremistas» huidos o en prisión”.

Junto a las incautaciones de bienes ordenadas directamente por las autoridades militares hubo “auténticos pillajes y saqueos perpetrados, sobre todo, por miembros de las milicias armadas. Las excepcionales circunstancias derivadas del fracaso del golpe de Estado favorecieron que se multiplicasen las extorsiones económicas de simpatizantes izquierdistas y de otros muchos a los que la perspectiva de una denuncia, aun siendo falsa, obligaba a ceder ante las pretensiones de individuos sin escrúpulos que actuaban amparados en la casi total impunidad de la que disfrutaron durante meses”. Señala el investigador que algunos bandos militares dictados ya pasadas las primeras semanas de guerra permiten entrever la magnitud de las arbitrariedades, “pero lo cierto es que incluso allí donde las autoridades tenían un control absoluto del territorio tardaron en ser corregidas y, de hecho, se mantendrían, con menor intensidad, durante años”.

Ciertamente era elevada la cuantía de las aportaciones que, a modo de contribuciones “espontáneas”, se recaudaban en las jornadas que siguieron a la proclamación del estado de guerra y, sobre todo, el que ya desde esos primeros momentos se dio la extorsión realizada por bandas de milicianos que recorrían los territorios rebeldes solicitando dinero, joyas o víveres. No deja de ser curioso el análisis que nos da el autor de la sustitución de las primeras aportaciones, que más bien eran desordenadas dado que apenas había coordinación en su puesta en marcha por las autoridades, por un entramado rígido y centralizado fruto de la orden de la Junta de Defensa Nacional que establecía la Suscripción Nacional y, con posterioridad, por las normas establecidas por el Gobernador General del Estado.

Este trabajo de Julio Prada tiene rigor metodológico y analítico, supone un avance en la historiografía sobre la represión económica en España, algo desconocido en el mundo de habla inglesa.

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